Formato para efectos de conocimiento del prospecto del cliente, posteriormente deberá firmar de manera autógrafa este contrato de arrendamiento de software

I.- Declara el PROGRAMADOR:

A) Que la empresa FACTE SA DE CV es una persona moral legalmente constituida en los Estados Unidos Mexicanos con domicilio en Prol. Zaragoza 1508 Fracc. Circ. Norte Aguascalientes, Ags.

II.- Declara el CLIENTE (señalado en la parte superior de este contrato):

A) Que tiene capacidad legal para obligarse en los términos de este contrato

B) Que su domicilio legal para efectos del presente Contrato es el señalado en la parte superior del presente y que tiene interés en contratar los servicios señalados en el área que se indica.

C) Que cumple y cumplirá con los requisitos establecidos en el Código Fiscal de la Federación en su artículo 29 y transitorios y en las Resoluciones Misceláneas Vigentes referentes a la implementación y operación de la emisión de Comprobantes Fiscales Digitales bajo el esquema CFDI.

III.- Ambas partes declaran: Que no existe error, violencia, dolo o lesión que pueda viciar el consentimiento de las partes para la celebración del presente contrato, por lo que convienen en obligarse al tenor de las siguientes

CLAUSULAS

A) Definiciones: 1.- Servicio: Acceso, manejo y generación de documentos fiscales digitales mediante el sistema Facte disponible en internet en la página www.facte.mx

I.- Objeto del contrato: El PROGRAMADOR se obliga a prestar el SERVICIO al CLIENTE, dicho SERVICIO estará activo las veinticuatro horas del día, todos los días del año, excepto cuando el servicio se vea interrumpido por casos fortuitos o de fuerza mayor y cuando el PROGRAMADOR realice pruebas, mejoras, ajustes o cualquier otra acción de mantenimiento, sin que esto dé acción alguna a favor del CLIENTE para pedir resarcimiento de daños al PROGRAMADOR.

II.-Vigencia: El presente contrato será válido por 1 (UN) año posterior a la fecha indicada en la parte superior de este contrato. Ahora bien, si el CLIENTE desea seguir utilizando sus folios después de tal periodo, tendrá que realizar una nueva compra de folios para poder volver a tener acceso al sistema y SERVICIO.

III.- Tarifas y Contraprestaciones: El CLIENTE se compromete a pagar al PROGRAMADOR por la prestación del SERVICIO, la tarifa o precio señalado en el campo indicado para este fin en la parte superior de este contrato, de lo contrario el PROGRAMADOR interrumpirá el SERVICIO de manera unilateral y sin responsabilidad alguna.

IV.- Forma de pago: El CLIENTE podrá realizar el pago del SERVICIO mediante nuestro DISTRIBUIDOR AUTORIZADO que se menciona en la parte superior de este contrato, ya sea en efectivo, depósito bancario o transferencia interbancaria a la cuenta que el DISTRIBUIDOR lo indique.

V.- Responsabilidad del CLIENTE: El CLIENTE asume la responsabilidad jurídica, legal y fiscal del uso del SERVICIO. Declara mediante este contrato que cumple y cumplirá durante con las distintas obligaciones y requisitos que marca la ley tanto en el Código Fiscal de la Federación, en especial su artículo 29 y transitorios así como las Resoluciones Misceláneas vigentes, como en la página de internet del SAT en lo referente a Comprobantes Fiscales y emisión bajo el esquema de generación de CFDI.

VI.- Prohibiciones: El CLIENTE al firmar este contrato acepta: 1.- Que la utilización del SERVICIO será apegada a las leyes correspondientes y que no hará uso del mismo para realizar actividades o documentos que vayan en contra de lo establecido en dichas leyes. 2.- Que en el supuesto que se acredite la conducta descrita en el numeral anterior, será causal de rescisión inmediata del presente CONTRATO, sin perjuicio de las sanciones que resulten aplicables y que corresponde a la autoridad imponer y sin responsabilidad alguna para el PROGRAMADOR. 3.- Que al momento de celebrar este CONTRATO conoce el SERVICIO y le es útil en la forma en que se encuentra diseñado.

VII.- No Responsabilidad: En ningún caso el PROGRAMADOR será responsable ante el CLIENTE, por cualquier daño, incluyendo pérdida en las ganancias, pérdida en ahorros y otros incidentes, daños o perjuicios especiales derivados de la prestación del SERVICIO o provocados por la falta de habilidad y capacidad o ignorancia del CLIENTE para usar el SERVICIO.

El PROGRAMADOR no será responsable del funcionamiento, de las interrupciones del servicio que no le sean imputables, que provengan de un caso fortuito o de fuerza mayor y de interrupciones debidas a reparaciones normales a las modificaciones que sean necesarias para el funcionamiento del SERVICIO.

El PROGRAMADOR no será responsable por el incumplimiento de las leyes correspondientes a la utilización del servicio de facturación electrónica en el esquema CFDI descrito en el Código Fiscal de la Federación en su artículo 29 y transitorios así como en las Misceláneas Fiscales Vigentes.

El PROGRAMADOR se reserva el derecho de devolver el importe pagado por la prestación del SERVICIO en cualquier caso.

VIII.- Servicio contenido: El SERVICIO es el especificado en este contrato y está sujeto a las descripciones suscritas en la parte superior de este contrato.

IX.- Suspensión del servicio: El PROGRAMADOR podrá suspender el SERVICIO, en caso de incumplimiento por parte del CLIENTE de cualquiera de las clausulas, obligaciones o responsabilidades establecidas en este CONTRATO, o la falta de pago dentro de la fecha convenida. En caso de que el CLIENTE no subsane o remedie dicho incumplimiento dentro del plazo establecido por el PROGRAMADOR, este podrá dar por terminado el presente CONTRATO sin necesidad de declaración judicial o fiscal y sin responsabilidad alguna, dando de baja el SERVICIO contratado.

X.- Derechos de autor y propiedad industrial: Ambas partes acuerdan y reconocen que los programas de cómputo, software, secretos comerciales, derechos de autor y demás derechos de propiedad industrial e intelectual incluidos en el SERVICIO, son propiedad exclusiva del PROGRAMADOR.

El CLIENTE acuerda y acepta expresamente que su relación derivada del presente CONTRATO no le confiere ningún derecho de la utilización y divulgación del contenido del SERVICIO ni de la propiedad industrial e intelectual del PROGRAMADOR.

XI. Caso fortuito y de fuerza mayor: El PROGRAMADOR no será responsable de la interrupción del SERVICIO ocasionados por un caso fortuito o de fuerza mayor y de las derivadas por los siguientes acontecimientos:

a) Falta de pago b) Por disposición de las autoridades competentes c) Por actos de violencia que provengan de motines, rebeliones, huelgas, robo o destrucción de los componentes o equipos del sistema. d) Por cualquier otra causa no imputable al PROGRAMADOR.

El CLIENTE deberá comunicar de manera inmediata al PROGRAMADOR las fallas o interrupciones en el servicio, para que éste tenga la oportunidad de subsanarlas en su caso.

XII.- Causas de terminación del CONTRATO:

Son causas de terminación del presente contrato:

a) La imposibilidad permanente de prestar el SERVICIO por caso fortuito o de fuerza mayor. b) Por causas legales que dejen sin efecto el esquema de emisión de Comprobantes Fiscales Digitales Vía Internet. c) Por falta de pago. d) Por demás causas establecidas en las leyes y reglamentos aplicables.

XIII.- Jurisdicción: Para efectos de la interpretación y cumplimiento de lo pactado en el presente CONTRATO, se señalan los tribunales competentes de la ciudad de AGUASCALIENTES, AGUASCALIENTES, a cuya jurisdicción se someten incondicionalmente el CLIENTE y el PROGRAMADOR.

XIV.-Aviso de Privacidad: Sirva el presente para informarle que con base en la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares publicada en el Diario Oficial de la Federación el día 5 de julio de 2010, por este medio le notificamos que FACTE, S.A. de C.V. con domicilio en Prol. Zaragoza 1508 Fracc. Circunvalación Norte, Aguascalientes, Ags, se compromete al tratamiento legítimo, controlado e informado de los datos recabados de Usted como Titular de los mismos, de los datos de las personas físicas que comparezcan en los instrumentos jurídicos a que se refiere el literal (ii) siguiente y de los datos de su (s) representante (s) legal (es), si fuera el caso. FACTE, S.A. de C.V. manifiesta que la finalidad del tratamiento de los datos personales serán entre otros (i) La creación de documentos electrónicos para la comprobación fiscal en base a la solicitud del cliente emisor (ii) Creación de Bases de Datos con la finalidad de dar soporte y servicio técnico a los usuarios de nuestra plataforma. Cualquier duda o aclaración, le agradeceremos contactarnos a través del correo electrónico contacto@facte.com.mx

XV.-Manifiesto de Autorización con el Proveedor Autorizado de Certificación: a) Manifiesta el Representante Legal señalado en la parte superior de este contrato que con la finalidad de que el presente contrato sirva como constancia de lo previsto en la regla I.2.7.2.7 de la Resolución Miscelánea Fiscal en vigor, lo siguiente:

I.- Haré uso de los servicios del Proveedor Autorizado de Certificación que el PROGRAMADOR crea conveniente para la certificación de Comprobantes Fiscales Digitales por Internet. II.- Tengo conocimiento y autorizo al Proveedor Autorizado de Certificación que el PROGRAMADOR crea conveniente que entregue al Servicio de Administración Tributaria, copia de los comprobantes fiscales que haya certificado a mí persona en dicho servicio. III.- Acepto que este manifiesto sea firmado electrónicamente mediante el uso de la Firma Electrónica Avanzada.

XVI.-Modificaciones: El CLIENTE por éste acto reconoce que dada la propia naturaleza del SERVICIO, así como del dinámico marco jurídico que lo regula, autoriza expresamente al PROGRAMADOR para realizar unilateralmente y como lo crea conveniente, cualquier modificación al presente contrato dentro de sus cláusulas IV, V, VI, VIII, X, XI, XIII, XIV y XV, siempre y cuando tal modificación le sea notificada en el domicilio señalado para tales efectos (Domicilio Fiscal en su caso).

XVII.-Renovación: Entiéndase por renovado el presente contrato bajo las mismas condiciones, cuando el CLIENTE realice una solicitud de compra de folios de cualquier tipo o cualquier servicio adicional posterior al declarado en la parte superior del presente.";